Qué es el techo de deuda de EEUU y por qué el resto del mundo se vería afectado

Qué es el techo de deuda de EEUU y por qué el resto del mundo se vería afectado

El techo de deuda es un elemento de suma importancia en la gestión de la política fiscal de los países, siendo un límite máximo establecido por el gobierno para regular el endeudamiento público. Con el propósito de financiar sus gastos y programas, los gobiernos se encuentran ante la encrucijada de definir y gestionar adecuadamente este techo de deuda.

El objetivo original del límite de deuda era obligar a los legisladores a ser fiscalmente disciplinados, aumentando impuestos o restringiendo el gasto gubernamental, lo suficiente como para mantener los déficits del gobierno bajo control y su carga de deuda baja y estable.

Y estos días las miradas están pendientes sobre la decisión del techo de deuda de Estados Unidos. Y es que si no se incrementa el país entraría en impago. Para ponernos en antecedentes, el límite de endeudamiento de Estados Unidos ha sido alcanzado el 19 de enero, lo que ha desencadenado la búsqueda de soluciones para evitar escenarios de bancarrota o necesidad de rescate. Por ahora, el Tesoro está utilizando «medidas extraordinarias» para obtener el dinero adicional necesario para pagar sus facturas.

En caso de no llegar a un acuerdo entre los partidos demócrata y republicano antes del 1 de junio, el país se enfrentará a una situación crítica, la llamada «fecha X».

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Los cambios de la nueva Ley de Vivienda que más afectan a inquilinos y propietarios

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Ya está aprobada la ley de vivienda después de su aprobación en el Senado. A partir de su publicación en el BOE (aproximadamente a finales de mayo) los cambios surtirán efecto. Y los principales afectados son los propietarios e inquilinos de viviendas en alquiler.

La impresión general de la ley es que es muy pro-inquilino y anti-propietario, lo cual no quiere decir que facilite la vida a los inquilinos sino que seguramente contraiga la oferta disponible considerablemente. Pero vamos a ver en detalle cómo afecta a cada uno.

Inquilinos, más derechos

Independientemente de lo que tenga firmado los inquilinos adquieren con la nueva ley nuevos derechos que antes no estaban disponibles. Lo primero, hay que distinguir de si la vivienda alquilada o a alquilar está en zona tensionada o no. La definición de lo que es una zona tensionada está en la ley, pero son las Comunidades Autónomas quienes tienen que declarar una zona como tensionada.

Básicamente una zona tensionada es aquella donde (en media) se dedica más del 30% del salario al pago de un alquiler o donde el incremento de precios ha sido tres puntos superior al IPC durante 5 años.

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Las nuevas medidas que aplican al inquilino (a todos, esté o no la vivienda en zona tensionada) son las siguientes:

  • Durante 2023 el máximo incremento de la renta será del 2% (esto ya estaba en la ley anterior); en 2024 el 3%. El INE creará un nuevo índice que será el que determinará el máximo incremento anual de las rentas a partir de 2025 (ya no será el IPC).
  • Los inquilinos que acrediten vulnerabilidad social o económica podrán pedir una prórroga de un año una vez finalizado el contrato en vigor.
  • Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán siempre a cargo del propietario.

Además si la vivienda está en zona tensionada se aplican las siguientes reglas extras:

  • El inquilino puede acogerse a una prórroga de hasta tres años una vez finalizado el contrato en vigor
  • Los nuevos contratos no pueden tener un precio libre sino que estará vinculado al contrato anterior; dependiendo de si el propietario es gran tenedor o no, los límites de incremento son distintos
  • Las viviendas que no hayan estado alquiladas con anterioridad también tendrán una limitación de precio (si así lo decide la Comunidad Autónoma en la declaración de zona tensionada)

Propietarios, más problemas

El principal problema para los propietarios es lo que hemos visto con anterioridad. Ya no pueden recargar ciertos gastos al inquilino, ya no pueden actualizar rentas con el IPC sino que máximo 2% en 2023, 3% en 2024 y un nuevo índice a partir de 2025; y si la vivienda está en zona tensionada además hay limitación para establecer un nuevo precio a la caducidad del contrato de cinco años.

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Si además el propietario es un gran tendedor hay reglas extra de control, como por ejemplo más trabas para los desahucios o distintos índices para la actualización de rentas.

La ley también cambia la reducción por alquiler de vivienda en el IRPF, que actualmente estaban situadas en el 50% (en años anteriores era del 60%):

  • 90% si se realiza una bajada del precio de al menos un 5% en una zona protegida: ojo con esto que es un incentivo muy alto, bajando un 5% al propietario le puede quedar más  beneficio neto que sin la rebaja.
  • 70% si se alquila por primera vez una vivienda en zona tensionada a jóvenes (hasta 35 años) o si la vivienda está acogida a algún programa público de limitación del precio de la vivienda en alquiler
  • 60% por rehabilitación o mejora

También hay una nueva definición de vivienda vacía y nuevos recargos en el IBI que podrían ir del 50% al 150%. Esta es una clara señal a los propietarios para que vendan o alquilen las viviendas vacías. Eso sí, para que afecte al propietario este tiene que tener al menos cuatro viviendas en dicha situación durante al menos dos años.


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Los cambios de la nueva Ley de Vivienda que más afectan a inquilinos y propietarios

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Alejandro Nieto González

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Si le preguntas a ChatGPT, te va a recomendar que compres estas 20 marcas

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En algún momento de nuestra vida hemos oído hablar de los chatbots, esas ventanas emergentes que aparecen en los sitios de internet y que vienen a brindarnos ayudas, y también de inteligencia artificial. Se trata de un lenguaje que ya forma parte de nuestro día a día, y lo cierto es que uno necesita al otro para ser realmente eficiente y eficaz.

Para que estos chat puedan llegar a mantener una conversación con una persona ha debido ser previamente preparado con respuestas automáticas, y esto es posible gracias a la inteligencia artificial. La inteligencia artificial es la habilidad de una máquina de presentar las mismas capacidades que los seres humanos, como el razonamiento, el aprendizaje, la creatividad y la capacidad de planear

Los avances en inteligencia artificial son increíbles, y prueba de ello es el ChatGPT de OpenAI o la que será la nueva propuesta de Google. El funcionamiento es sencillo, el usuario busca un determinado producto y la inteligencia artificial trabaja por él y le proporciona las marcas más recurrentes y usuales.

Así lo ha demostrado un reciente estudio, el cual informa sobre las recomendaciones que hace OpenAI de determinadas marcas. Pero, ¿cómo funciona y que hace? Presta atención que a continuación te lo desgranamos al completo.

Primer paso, crear una lista de palabras sobre el producto

Para que ChatGPT comience a trabajar comenzaremos creando una lista de 10.000 palabras claves genéricas sobre el producto en cuestión que queramos consultar. Por ejemplo, puedes incluir en tu listado algunas, como calculadora, lavadora, salsa de tomate, dispositivo de visión nocturna o lámpara de techo. No importa las que uses, emplea las que hacen alusión a tu producto.

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El siguiente paso es pedirle a la inteligencia artificial de OpenAI y su ChatGPT que nos recomiende 10 marcas relevantes para cada una de estas 10.000 palabras pensadas. Los primeros resultados son que de todas estas miles de palabras, 674 no tuvieron respuesta alguna, sin embargo las 9.326 restantes tuvieron más de 10 recomendaciones.

Pero, ¿por qué no nos dan todas? ¿Qué ocurre con esas 674 palabras? Lo cierto es que la inteligencia artificial vetó esas palabras porque atentaban contra prácticas legales o morales de Estados Unidos, pudiendo hacer alusión a contenido para adultos, de política o de salud. En estos casos, OpenAI prefiere mantenerse al margen.

Segundo paso, una recomendación de casi 24.000 marcas diferentes

La inteligencia artificial trabajó sobre esas 9.326 palabras claves y proporcionó para ellas 10 marcas, siendo un total de 93.260 resultados. Esta cifra obtenida se divide entre 23.856 marcas diferentes, ante lo que observamos que cada una de estas marcas fue mencionada unas 3,9 veces en las listas de recomendaciones que hace OpenAI.

Sin embargo, aunque la mayoría de las marcas se recomiendan una única vez, hay algunas de ellas que se recomiendan más de 20 veces. Así pues, OpenAI recomienda más de la mitad de las marcas, un 66,21% en concreto (15.795 marcas), una sola vez; un 24,3% de las marcas no se mencionan más de cinco veces; un 4,63% no se menciona más de diez veces; un 2,47% (570 marcas) no más de 20 veces; y un porcentaje muy bajo, un 2,4%, se recomienda más de 20 veces. De esta manera, lo que observamos es que la visibilidad que ofrece la inteligencia artificial se concentra en un número muy reducido de marcas, las que son muy conocidas.

Las marcas que recomienda ChatGPT para comprar

Con esto, la búsqueda concluye con una lista de marcas que recomienda por encima de las demás ya que obtuvieron más de 100 recomendaciones. Así las 20 marcas más aptas para la inteligencia artificial serían: Samsung, Sony, IG, Apple, HP, Nike, Dell, Asus, Philips, Adidas, Bose, Panasonic, Toshiba, Canon, Lenovo, Acer, Bosch, Microsoft, Amazon y Sharp.

Como se observa, OpenAI recomienda marcas más pequeñas pero sobre todo destacan muchas conocidas que son estadounidenses. Al pedirle que nos recomienden 10 marcas por cada producto, el resultado es una lista ordenada de las más relevantes a las menos. Así si una marca es medianamente relevante debería estar en la mitad de la tabla.

Sin embargo, la inteligencia artificial suele otorgar los primeros puestos a sus marcas preferidas, y en sentido contrario, coloca en bajas posiciones las que no lo son y solo son utilizadas como simple relleno. De esta manera, marcas como Apple, Shimano, Wacom y Fluke ocupan los primeros puestos en las listas de recomendaciones, mientras que Mikrotik, BMW y Dual Electronics se encuentran al final de las listas la mayoría de las veces.

La búsqueda en Internet continúa en crecimiento y en constante cambio, y eso es lo que se espera en los próximos meses y años. Por el momento, el estudio concluye que la visibilidad de las marcas y los productos desempeñan un papel fundamental en las respuestas que proporciona OpenAI.


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por
Sergio Delgado

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Que te exijan fotos del DNI y selfies para entrar en un piso u hotel tiene consecuencias: multazo de 72.000 euros a esta empresa

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Presentar información como nombre y apellidos, DNI, correo y demás es algo común cuando vamos a hospedarnos durante un tiempo en cualquier estancia. Lo mismo ocurre al utilizar la app de AirBnb, donde los propietarios deben exigir los datos personales de los usuarios para cumplir con las normas estipuladas. Sin embargo, el tratamiento de nuestros datos es algo que no debemos tomarnos a la ligera, y cabe la posibilidad de que algunas empresas pidan más de los necesarios, vulnerando nuestra privacidad.

Un ejemplo de esto último es lo que le ha ocurrido a la empresa Marketing Accommodation Solutions FZ, propietaria de pisos publicados en AirBnb. Y es que la compañía ha sido multada por la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) con 75.000 euros por considerar como «excesivos» los datos que pedía y por no ofrecer la información exigida por la agencia en el plazo estipulado, incumpliendo así dos artículos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).

Pedir un selfie no es documentación que se deba exigir para registrarse en una estancia

Un grupo de 7 personas decidió pasar unos días en Barcelona alojándose en uno de los pisos de esta empresa. Con el fin de proceder con el registro, la compañía les indicó que tenían que acceder a una web para formalizar el check-in online, un trámite obligatorio para obtener las llaves de la estancia. En la web tenían que rellenar todos los datos, y además enviar fotos de su DNI por ambas caras, y un selfie de cada uno de ellos.

Visto que la cantidad de datos eran excesivos, los huéspedes decidieron contactar con la empresa para advertirles de que los datos que se solicitaban en el formulario eran excesivos, y que además no se daba la opción para poder denegar el consentimiento para que la empresa utilizara los datos para enviar ofertas y promociones a los usuarios.

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Esta situación hizo que los viajeros decidieran realizar una reclamación a la AEDP, explicando en ella qué datos suyos tenían, cuáles de estos habían obtenido siguiendo la autorización, y cuáles habían cedido a la empresa. La respuesta emitida por la compañía fue «muy genérica» según los reclamantes, ya que les explicaron que únicamente tenían DNI, nombre, apellidos, correo y teléfono y que el propósito de realizar el check-in era cumplir con la normativa autonómica.

Según la empresa, esta normativa autonómica obliga a las compañías a comunicar esta información al Registro de Viajeros de los Mossos d’ Esquadra. Además, también advertían que los datos no habían sido cedidos nunca y que podían quedarse tranquilos, ya que no iban a ser utilizados para fines de marketing.

Si bien cumplir con el Registro de Viajeros es una obligación, la AEPD resalta que entre los datos a proporcionar a los Mossos no se encuentran los selfies ni imágenes del DNI. Y es que según la Orden IRP/418/2010, de 5 de agosto, sobre la obligación de registro y comunicación a la Dirección General de la Policía de todas las personas que se hospedan en una estancia ubicada en Cataluña, tan solo se pide el número de DNI, tipo de documento, fecha de expedición del mismo (si consta), apellidos, nombre, sexo, nacionalidad, fecha de entrada, domicilio, número de teléfono y días previstos de estancia.

Al no presentar pruebas que negasen los hechos en el plazo indicado por la AEPD, se consideró que los datos que pedía la empresa eran excesivos, y por tanto recibió una multa de 75.000 euros. De esta cifra, 50.000 euros hacen referencia al incumplimiento del artículo 13 del RGPD por no enviarles la información exigida por parte de la agencia, como los datos de contacto de la persona responsable y del delegado de protección de datos, o el plazo en el que se conservarían los datos recibidos.

Por otro lado, a esos 50.000 euros también se le suman otros 25.000 por incumplir el artículo 5.1 c), al considerarse que no todos los datos que exigía la empresa eran necesarios. De esta forma, el caso concluye como un ejemplo más de que el usuario debe estar alerta ante los datos que proporciona a las empresas. Y es que si vas a quedarte en una estancia durante unos días, nadie tiene que exigirte un selfie o una foto del DNI como datos de registro, y menos si se trata de un procedimiento online.

Imagen | ConverKit

Vía | Confilegal

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Que te exijan fotos del DNI y selfies para entrar en un piso u hotel tiene consecuencias: multazo de 72.000 euros a esta empresa

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por
Antonio Vallejo

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Alerta con el timo de los 431€: suplantan al Gobierno amenazando a clientes de CaixaBank, Santander y BBVA por SMS

Alerta con el timo de los 431€: suplantan al Gobierno amenazando a clientes de CaixaBank, Santander y BBVA por SMS

Prácticamente cada día tenemos sobre la mesa alguna nueva estafa que afecta a usuarios de bancos o de administraciones públicas. En las últimas horas, de hecho, los principales afectados están siendo los clientes del BBVA, Banco Santander y Caixa Bank, expuestos a lo que ya se conoce como la ‘estafa los 431 euros’.

Esta estafa, un caso de manual de smishing, recurre a la ingeniería social para engañar a los clientes y lograr que proporcionen información confidencial accediendo a una dirección web proporcionada por un SMS fraudulento.

En dicho SMS, se nos ‘informa’ de que aún no hemos «recibido el reembolso anual de impuestos para 2022-2023» y se nos anima a reclamar la devolución de «431,78 euros» (de ahí el nombre de la estafa) en la URL maliciosa que acompaña al mensaje de móvil.

Según advierte la Oficina de Seguridad del internauta, la página a la que accedemos «suplanta a la de La Moncloa […] con un diseño muy similar a la legítima, aunque en ella solamente se podrá interactuar con la ventana emergente»…

Así es el verdadero SMS cuando la declaración de la renta sale a devolver: no lo confundas con uno de los fraudulentos

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Falsaweb

…la cual está pensada para alarmar a la víctima indicándole que ya se han enviado dos correos de esta notificación, pero no se ha recibido respuesta, por lo que correo el peligro de que el reembolso termine caducando.

Para evitar que eso ocurra, esta ventana «redirige a varias páginas web bancarias maliciosas» —aunque en ningún momento cambiamos de dominio, lo que debería hacernos sospechar— «con la finalidad de robar las credenciales de acceso de sus cuentas a las víctimas».

Espera

Si llegas a introducir dicha información, «las webs mostrarán un mensaje de espera simulando que están accediendo al sitio, pero este nunca cargará». Te acabas de quedar sin tu dinero… y no hablamos sólo de los 431,78 euros del ‘reembolso’.

¿Cómo evitar caer en este timo?

Debes tener muy claro lo siguiente:

  • ‘La Moncloa’ no manda SMS, ni es una página desde la que hacer trámites administrativos: sólo sirve como referencia comunicativa del Gobierno.
  • Ninguna administración pública utiliza el e-mail ni los SMS para avisar de reembolsos de impuestos, ni tu falta de respuesta a los mismos hará que ‘caduquen’.
  • Este ‘reembolso de impuestos’ no existe, y si existiera, el Estado puede ingresártelo sin que le proporciones tus datos de acceso a la banca online. Le basta con hacer un ingreso a tu cuenta (y si eres contribuyente, ya sabe cuál es tu cuenta, tranquilo).
  • Nunca introduzcas tus datos de acceso bancarios en ninguna web que no sea la oficial del banco (fíjate en la URL). En caso de duda, limítate a usar la app móvil.

Imágenes | OSI/INCIBE

En Genbeta | Estos SMS falsos de la Agencia Tributaria quieren cazarte prometiéndote un ‘reembolso’ de impuestos en plena campaña de la Renta


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por
Marcos Merino

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