Declaración de la Renta 2025: todas las claves para presentar la Renta 2024 sin fallos

Declaración de la Renta 2025: todas las claves para presentar la Renta 2024 sin fallos

Sin duda uno de los trámites más importantes que tenemos en el año es la declaración de la renta. Este 2025 se tienen que rendir las cuentas que corresponden a todos los ingresos que has obtenido a lo largo del año 2024. El resultado va a ser realmente relevante para saber si te tocará pagar a Hacienda o si, por el contrario, te tienen que devolver dinero.

La gran mayoría de personas solo tienen que tributar como ingresos su propio salario, y este ya se ha sometido a retención de IRPF en un porcentaje que varía según la situación familiar. En el caso de que estuviera bien simulado, el resultado de la Renta va a estar en torno a cero: es decir, ni a pagar ni a devolver.


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Pero en el caso de que se tengan más ingresos como por ejemplo alquileres que tienes a tu nombre, propiedades, inversiones o incluso si has cobrado una herencia todo cambia. Aquí es donde vas a tener que rendir cuentas con la Agencia Tributaria a través de la Renta 2024. Te contamos todos los detalles al respecto de esta nueva campaña.

Cuándo se tiene que presentar la Renta 2024

La campaña de la Renta se inicia el 2 de abril y acaba el próximo 30 de junio de 2025. Si bien, el fin de la Renta es variable para cada uno de los contribuyentes. Esto se debe a que tras el fin de la presentación del modelo 100 el tiempo que se concede Hacienda para tramitar las diferentes declaraciones es variable. Y destaca por su poca transparencia.

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Esto quiere decir que van a tener hasta el 31 de diciembre de 2025 para poder aceptar la declaración de la Renta o por contra comenzar a iniciar comprobaciones sobre todos los datos que has incluido para saber si hay algún tipo de irregularidad.

Las fechas más importantes a tener en cuenta son las siguientes:

  • 2 de abril hasta el 30 de junio de 2025: presentación por Internet de las declaraciones de Renta y Patrimonio 2024.
  • 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 por teléfono (solicitud de cita desde el 29 de abril hasta el 27 de junio).
  • 2 de junio hasta el 30 de junio de 2025: la Agencia Tributaria le podrá confeccionar su declaración de Renta 2024 presencialmente en sus oficinas (solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio).

Para hacer la renta a través de teléfono o presencialmente en una oficina de Hacienda hay que cumplir diferentes requisitos. El resumen perfecto es que tu declaración no sea complicada. En el caso de que se incluyan alquileres, cuotas de autónomo o tener muchos pagadores si que vas a tener que presentarla de manera individual en la sede electrónica de la Agencia Tributaria. O contratando a un asesor fiscal.

Cómo hacer la Renta 2024

Al igual que ocurrió el año pasado, la Renta 2024 se va a tener que presentar de manera exclusiva a través de medios digitales, dejando la presentación en papel como una cuestión del pasado. Un nuevo problema para las personas más mayores que no cuentan con los conocimientos necesarios para poder acceder a la sede electrónica de Hacienda y presentar el modelo 100.

Durante las próximas semanas se irán abriendo diferentes trámites de relevancia como por ejemplo la solicitud de la referencia para acceder al borrador o los datos fiscales que serán vitales

Simulador de la Renta 2024

El simulador de la Renta es una de las herramientas más importantes para poder  familiarizarse con el modelo 100 antes de presentarlo de manera oficial a la Agencia Tributaria. De momento este simulador no está disponible en la web de Hacienda, pero se puede usar el mismo de la campaña anterior.

Simulador

El simulador de la Renta 2023 sigue disponible y es una interesante opción debido a que hubo pocos cambios entre estos dos años. De esta manera, se va a poder usar para tener un resultado aproximado. Aunque lógicamente no es 100% fiable y se tiene que esperar hasta que se lance finalmente aproximadamente a finales del mes de marzo.

Quién está obligado a hacer la Renta 2024

De manera general, todos los españoles están obligados a presentar la Renta 2024, pero hay algunos puntos de excepción muy importante que hace que algunos trabajadores por cuenta ajena no tengan obligación de presentar la Renta. En concreto vemos los siguientes límites:

  • Los trabajadores que ingresen menos de 14.000 euros de dos o más pagadores.
  • Los trabajadores que ingresen menos de 22.000 euros de un solo pagador.

Pero como siempre decimos, es importante solicitar siempre el borrador, aunque no estén obligados a hacer este trámite. En algunos casos puede salirte a devolver una pequeña cantidad y solicitarla sin ningún tipo de problema. Pero si te sale a pagar en el borrador y estás seguro de que no estás obligado a ello, puedes ignorarlo y no hacerlo. Con esto queremos decir que solicitar el borrador no te compromete a presentar la Renta 2024 obligatoriamente si te sale a pagar al ente público.

Como novedad de este año, todas las personas que hayan recibido alguna prestación por desempleo o el IMV van a tener que presentar la declaración de la Renta. Dará igual que no se superen los límites marcados anteriormente, ya que solo importará el cobrar o no una prestación indiferentemente de la cuantía.

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Tramos de IRPF 2024

Como hemos ido diciendo, la cantidad de dinero que se tiene que pagar en concepto de IRPF va a depender de diferentes factores. Uno de ellos son los ingresos que se tienen en el año fiscal. Aquí se incluyen las nóminas y facturas que tienes en tu poder, pero también los alquileres, herencias o inversiones que hayas podido hacer.

Pero a estos ingresos hay que retirar las diferentes deducciones. En la renta se pueden aplicar diferentes deducciones que hacen que la base de tributación vaya reduciéndose. En este caso hay deducciones por hacer una reforma en casa, hacer pagos relacionados con la educación o incluso por comprar un coche.

Una vez se aplican las deducciones, los porcentajes que se aplicarán serán los siguientes:

  • Desde 0 hasta 12.450 euros: retención del 19%.
  • Desde 12.450 hasta 20.199 euros: retención del 24%.
  • Desde 20.200 hasta 35.199 euros: retención del 30%.
  • Desde 35.200 hasta 59.999 euros: retención del 37%.
  • Desde 60.000 hasta 299.999 euros: retención del 45%.
  • Más de 300.000 euros: retención del 47%.

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En Genbeta | El Gobierno aplicará IRPF sobre el SMI: así puedes saber si te afectará y las deducciones que te librarán de pagarlo


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Cambios en la Renta 2024: estos son los españoles que no deberán presentarla en el mes de abril

Cambios en la Renta 2024: estos son los españoles que no deberán presentarla en el mes de abril

2025 ya está aquí, y con el nuevo año también llega una nueva campaña de la Renta. La Renta 2024 arrancará a principios del mes de abril con diferentes novedades que afectan a los contribuyentes. Lo más interesante siempre radica en los contribuyentes que están exentos en hacer la Renta y que no tendrán que pagar nada a Hacienda.

Unas novedades que llegan sobre todo para los desempleados que estén cobrando alguna prestación y también para los que tengan más de dos pagadores. Y es que desde siempre hay un límite de patrimonio por el cual no se está obligado a presentar el modelo 100 con el objetivo de quitar presión fiscal sobre el contribuyente.

El Gobierno anuncia nuevos límites de exención en la Renta 2024

En términos generales, los contribuyentes que tengan unos ingresos por debajo de 22.000 euros con un único pagador no están obligados a hacer la Renta 2024. Pero se agrega una novedad que se recogió en el último Consejo de Ministros de 2024, tal y como podemos ver en sus referencias.

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En concreto se elevó de 1.500 a 2.500 euros la cuantía total de los rendimientos íntegros del trabajo que procesan del segundo y restantes pagadores que se tengan. De esta manera, si se está por debajo de 2.500 euros con el resto de pagadores no se va a tener que hacer el modelo 100. Además, se mantiene el límite de las rentas de 15.876 euros exentas de IRPF. Que coincide con el valor del SMI.

Hay que tener en cuenta que este límite de 2.500 euros hace referencia a la suma de los pagos que hacen el segundo o restantes pagadores, y no de manera individual.

Pero esta no es la única novedad. En esta nueva Renta 2024 los contribuyentes que estén cobrando alguna prestación pública como puede ser el desempleo van a estar obligados ‘si o si’ a hacer la Renta. Aquí no se aplicará ningún tipo de límite de exención, haciendo que millones de personas con una prestación baja tengan que presentar el IRPF anual. En el caso de no hacerlo, se enfrentan a perder su prestación.

Si bien, aunque no se esté exento, siempre es recomendable hacer una consulta sobre el borrador que genera la Agencia Tributaria. En muchos casos se puede llevar una sorpresa y encontrar que sale a devolver por el poco IRPF que se haya podido retener al contribuyente. Esto hace que sea recomendable presentarla, aunque no se esté en obligación de hacer el trámite.

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Renta 2022: estas son las fechas y cifras de la campaña que está a punto de comenzar

Renta 2022: estas son las fechas y cifras de la campaña que está a punto de comenzar

Quedan escasos días. El próximo mes de abril dará comienzo la campaña de la Renta y Patrimonio referente al año 2022, por lo que debes estar muy atento a las fechas y plazos que se abren por la Agencia Tributaria para hacer frente a su declaración. A continuación te detallamos y explicamos cuales son las fechas claves, el modo de presentarla, así como algunos de sus datos más relevantes.

Este es el calendario establecido para la Renta 2022

La campaña de Renta 2022 que se presente en el 2023, pero que hace referencia al ejercicio fiscal del pasado año, dará el pistoletazo de salida el próximo día 11 de abril, y desde ese día se ponen a disposición de los ciudadanos una serie de fechas remarcadas en el calendario para facilitar su ejecución. La fecha límite para presentarla será el 30 de junio.

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¿Cómo puedo presentar mi declaración de la Renta?

A partir de la fecha de inicio de la campaña, los contribuyentes podrán realizar su declaración de tres maneras diferentes en función de su capacidad o entendimiento. Te enseñamos cuales son las opciones:

§ Vía online. Una de las maneras en la que podremos presentar el borrador, y quizás la más cómoda para los más avanzados en las tecnologías es, haciendo uso de la propia página web de la Agencia Tributaria, en su portal de Renta Web. A través de este sistema podremos confirmar, o no, el borrador que se nos ofrece o modificar datos si fueran necesarios.

§ Vía telefónica. Si no nos manejamos lo suficiente con el internet o el proceso nos resulta demasiado complejo, podremos hacerla también por vía telefónica con cita previa, desde la cual un agente de la propia Agencia nos facilitará todo el proceso de una forma guiada.

§ Presencial. Esta es la tercera forma de realizar nuestra declaración pero también la que quizás conlleva más tiempo ya que requiere desplazamiento. De manera presencial y siempre con cita previa, podremos acudir a alguna de las oficinas que la Agencia Tributaria tiene repartida por toda la geografía española.

¿Cuáles son los plazos para presentarla?

Para que no se te pase por alto y lo planifiques con la suficiente antelación, te ofrecemos las fechas más destacadas que debes tener en cuenta para solicitar cita previa en el caso de la presentación telefónica o presencial:

§ El periodo de la Renta 2022 abarca desde el 11 de abril al 30 de junio, ambos inclusive.

§ La consulta y rectificación de datos fiscales estará disponible a partir del 15 de marzo.

§ Declaración de la Renta por Internet: desde el 11 de abril hasta el 30 de junio.

§ Declaración de la Renta por vía telefónica: desde el 5 de mayo hasta el 30 de junio.

§ Declaración de la Renta de forma presencial: desde el 1 de junio hasta el 30 de junio.

§ La fecha límite para pedir cita previa es el 29 de junio.

§ La fecha límite para aquellos con resultado a ingresar con domiciliación bancaria es el 27 de junio.

¿Cuáles son los plazos para coger cita previa?

Ahora que sabes cuando tienes que presentarla en función del método escogido, debes tener en cuenta como te venimos recalcando, que en el caso de hacerla por la vía telefónica o de manera presencial, necesitarás tener cita previa que podrás solicitar en los números 91 535 73 26 / 901 12 12 24 o 91 553 00 71 / 901 22 33 44.

§ Declaración de la Renta por vía telefónica. Podrás solicitar cita previa para ello desde el 3 de mayo hasta el 29 de junio.

§ Declaración de la Renta presencial. La cita previa para acudir a una Agencia Tributaria será la establecida entre el 25 de mayo y el 29 de junio.

Las cifras a tener en cuenta para la Renta 2022

Como ocurre en todas las campañas, no todos los contribuyentes están llamados a presentar su declaración de la renta, y es que a aquellos que no perciban más de 14.000 € e independientemente del número de pagadores que tengan o 22.000 € con un solo pagador y el segundo no supere un importe a 1.500 €, estarán exentos. Si deberás tener en cuenta que para el ejercicio fiscal relativo a la Renta 2023, es decir aquel que se presenta en el año 2024, el límite de 14.000 € se ha incrementado a 15.000 €.

Del mismo modo, en este ejercicio ya se aplica el Impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, por lo el que las personas con un patrimonio superior a los tres millones de euros deberán pagar un mayor porcentaje de impuestos.

Por otro lado, algunas de las deducciones a aplicar serán:

§ Deducción por maternidad. Este tipo de deducción era de hasta 1.200 € para todas las madres con niños menores de 3 años que estuvieran trabajando, ahora este año también tendrán derecho a esta deducción aquellas madres sin empleo pero que reciban alguna prestación.

§ Deducción por plan de pensiones. Los contribuyentes solo podrán deducir de la base imponible 1.500 € frente a los 2.500 € del pasado año. Quedan excluidos aquellos que su incremento provenga de contribuciones empresariales o un límite de 4.250 € si son aportaciones a planes de pensiones de empleo simplificados de trabajadores autónomos o de aportaciones a un plan de empleo del que sea promotor.

§ Deducciones por mejoras de eficiencia energética. Destinado a las familias que han hecho reformas y que no han sido abonadas en efectivo, para poder abaratar las facturas de electricidad y gas.


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La renta de los ciudadanos cae y España retrocede puestos en el ranking económico mundial

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Los datos presentados por el INE a comienzos de año son alarmantes. Demuestran que la renta de los ciudadanos españoles ha aumentado durante el último trimestre de 2022 en un 1,6%, aunque el gasto lo ha hecho en un 12%, por lo que seis de cada diez hogares necesitan recurrir a sus ahorros para poder llegar a final de mes. En concreto, la renta de los españoles se incrementó hasta los 186.600 millones de euros, pero el consumo se tradujo en 192.034 millones de euros.

Todo ello ha generado que la tasa de ahorro de los españoles se sitúe en un -3,2% de su renta disponible a finales del pasado año, datos muy diferentes al 6,4% con el que cerró el mismo trimestre de 2021.

El informe recoge, con cifras exactas, que las familias españolas perdieron 17.000 millones de euros de sus ahorros, pasando de tener un ahorro neto de 11.699 millones de euros en septiembre de 2021 a una deuda de 5.986 millones en el tercer trimestre de 2022. Además la tasa de inversión se redujo en un 2,9% hasta los 12.901 millones de euros.

La elevada inflación, especialmente de los productos de primera necesidad, no ha ido de la mano de la subida de los salarios. A todo ello se le suma la subida de los tipos de interés, que ha repercutido negativamente sobre las hipotecas. El endeudamiento es tal, que se espera que la situación siga agravándose hasta 2024, donde podría iniciarse la recuperación.

Aunque España ha luchado desde 1985, año de su entrada en la Comunidad Económica Europea, por igualarse al resto de economías del centro y el norte de la Eurozona, realmente ha visto como desde 2019 la renta nacional bruta de los españoles no para de descender, bajando en más de 1.700 euros por ciudadano en 2021. Así pues, los datos del PIB de 2019 eran de 25.180 euros, mientras que en 2021 era de 23.450 euros (según datos de la oficina de estadística europea, Eurostat). El empobrecimiento de los españoles es real.

La economía española pierde valor y puestos

El descenso de las rentas durante los últimos tres años, especialmente con la irrupción de la pandemia, no solo ha dejado en jaque a España, sino que otras economías de la Eurozona han experimentado muy malas cifras. El conjunto una media de más de 4000 euros per cápita, mientras que países como Italia o Francia perdieron más de 500 euros y 700 euros per cápita, respectivamente. La cara opuesta de la moneda la representa Irlanda, que ha crecido en el último trienio hasta alcanzar los 70.530 euros.

Todo ello ha llevado a España a pasar del puesto 13 del ranking de nivel de vida de la Unión Europea, que ostentaba en 2018, al puesto número 18, siendo adelantada por países como Malta, Eslovenia, República Checa, Estonia y Lituania.

El problema no es solo europeo, y este descenso también se refleja a escala mundial. En los últimos años ha bajado hasta el puesto 16 y ha sido adelantada por México, aunque solo se recoge el PIB sin tener en cuenta la distorsión que genera la inflación. Unos datos realmente preocupantes, pues antes de la crisis financiera de 2008, España llegó a ser la octava potencia económica mundial.

En 2018, España estaba en el 91,2% de la renta nacional bruta por habitante media de la UE, pero en 2021 ha bajado hasta el 83,4%.

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¿Quién es el responsable?

Obviamente quien controla la gestión de un país siempre es responsable de la economía del mismo, pues los elevados y continuos impuestos y la tasa de inflación por las nubes llevan a que España siga cosechando malos resultados.

En contraposición, el Gobierno siempre ha mantenido en la cresta de la ola a las empresas, sometiendo a los españoles a nóminas con cargas fiscales cada vez mayores y estableciendo rigidices superiores en el sistema productivo.

De hecho, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, ha manifestado públicamente el orgullo del Ejecutivo ante el crecimiento del PIB superior al 5% a finales de 2022, que demuestra que es de los países de la zona euro que más ha crecido. No obstante, los datos del Instituto de Estudios Económicos (IEE) son claros y demuestras que el crecimiento del PIB se mantiene sobre el 1%, es decir, niveles muy bajos con respecto a las cifras previas a la pandemia, ya que en 2020 cayó hasta 11 puntos.

Las previsiones

No son nada halagüeñas. Aunque en 2022 se esperaba un crecimiento del 4,6% para instituciones nacionales e internacionales, las cifras no se cumplieron e incluso se avecina un 2023 en el que no superarán el 1,3% de crecimiento, incluido el Banco de España. Por consiguiente, desde el IEE consideran que es función del Gobierno rebajar la presión fiscal sobre empresas y trabajadores y crear empleo para contrarrestar la situación.

Así pues, las cuentas públicas sin sanear de España y el déficit excesivo (superior al 3%) no se prevén que experimenten mejorías, al menos, hasta 2025. Con respecto a la deuda pública tampoco se espera que descienda del 110% hasta el medio plazo, frenándose así la llegada de nuevos inversores nacionales e internacionales.

El futuro es incierto, ya que durante el tercer trimestre los hogares españoles experimentaron una necesidad de financiación de 19.453 millones de euros frente a los 954 millones estimados para el mismo trimestre de 2021.


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Declaración de la Renta 2021: recordamos los principales consejos para optimizar el pago de impuestos dentro de la ley

Declaración de la Renta 2021: recordamos los principales consejos para optimizar el pago de impuestos dentro de la ley

Como cada año por estas fechas, toca lo que toca: hacer la Declaración de la Renta. Sí, esa obligación que a los ciudadanos nos provoca cierto malestar, pues nunca se sabe si te va a tocar pagar o vas a tener la suerte de ser bendecido con una devolución.

A partir del 6 de abril y hasta el 30 de junio, los españoles tenemos plazo para presentar este trámite, por lo que hay tiempo de sobra para hacerlo y prepararlo bien. Pero que haya plazo suficiente no debe relajarnos y dejarlo todo para última hora, porque luego pasa lo que pasa, que se hace con prisas y con errores.

Por ello, teniendo en cuenta que es el trámite tributario más importante del año, vamos a dar unas claves para optimizarlo y, si es posible, lograr una devolución que entre en regla con la ley fiscal.

Lo que tienes que hacer y lo que no

En primer lugar, dejemos claro que no todos los españoles están obligados a presentar la declaración de la renta. Además esto es novedad, porque Hacienda ha subido el umbral exento de tener que hacerla a 22.000 euros. Es decir, quienes hayan tenido unos ingresos en 2021 inferiores a 22.000 euros, no tendrán que presentarla si no quieren.

Si bien es bueno que hagan el borrador porque si les sale a devolver, les conviene hacerla.

Quienes tengan unas rentas superiores a esa cantidad, pues ya saben lo que hay, toca declarar. Y lo mejor que podemos hacer para no cometer errores que conlleven sanciones es ir con calma.

Muchas veces nos pueden las prisas y queremos enviar el borrador cuanto antes, sin mirarlo bien ni repasarlo todo, lo que puede hacer que ‘caigamos en la trampa’, lo enviemos incompleto y nos caiga una sanción.

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Porque Hacienda no te da el borrador ya super completo y bien hecho para que tu solo lo confirmes. No. La Agencia Tributaria te pone lo básico y de ti depende que incluyas todas tus rentas y demás. Por lo tanto, no tengas prisa, tienes casi tres meses para hacerla, repasa todo bien y no olvides incluir nada.

Porque hay cosas que tienes que meter tu a mano, como son alquileres, ayudas públicas y las deducciones y reducciones fiscales a las que te puedas acoger. Por eso conviene dedicarle el tiempo suficiente. Porque quizá de eso dependa que nos salga a pagar o a devolver. De hecho, muchas deducciones son autonómicas, por lo que te conviene enterarte de cuáles hay en tu comunidad y si puedes beneficiarte.

La familia tributa

Otro punto importante: tu estructura familiar. Porque si eres padre o madre y recibes ayudas tienes que saber que estos ingresos están exentos. Además, este año ha aumentado la cuantía de deducción por maternidad 1.000 euros, hasta un máximo de 2.200 euros si se sufragan gastos de guardería o de educación infantil para menores de hasta 3 años.

Igualmente, hay deducciones para familias numerosas, por hijos que presenten algún tipo de discapacidad o para familias monoparentales con dos hijos. Y lo bueno es que este año han aumentado también.

Otra cuestión espinosa para los casados:** ¿hacemos la declaración conjunta o individual?** Pues hay que intentar que sea lo mejor para ambos. Es decir, probad ambas fórmulas antes de enviar el borrador y lo que mejor salga a cada cónyuge será lo que hay que hacer. Además, si uno vive en otro país de la UE, que le impida presentarla de forma conjunta, tiene deducción.

También está el tema de los planes de pensiones, cuya tributación cambió el año pasado, pues el límite bajó a 2.000 euros de aportaciones para planes individuales y subió a 8.000 euros adicionales por contribuciones empresariales. Por lo que para este año el limite anual de desgravación queda fijado en la menor de la siguientes cantidades:2.000 euros o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.

Y si eres autónomo…

Para finalizar, si eres autónomo que sepas que tienes cambios importantes. En primer lugar tendrás que hacer un mayor desglose de tus gastos y podrás deducirte los gastos en energía (importantísimo esto) si trabajas en casa. También las dietas pero con ciertos límites y con facturas.

Si empezaste tu actividad por cuenta propia en 2021, pueden deducirse un 20% de hasta 100.000 euros pero deben determinar su rendimiento neto con el método de estimación directa.

Por lo tanto, en estos casos, es mejor contar con un gestor porque se trata de un trámite más complejo que para los trabajadores por cuenta ajena.


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Verónica Lechuga

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