BOPMA Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Edicto 7523/2019

NOTA IMPORTANTE: este texto se muestra aquí sólo con fines de consulta. Su original en formato PDF, publicado el día 25 de octubre de 2019, es el único que cuenta con validez a efectos legales. Puede descargarse desde el siguiente enlace: 20191025-07523-2019-01.pdf.

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 205 Viernes, 25 de octubre de 2019 Página 99
ADMINISTRACIÓN LOCAL
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE MÁLAGA
DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE
EXTRACTO DE LA JUNTA DE GOBIERNO DE 9 DE OCTUBRE DE 2019, PUNTO 3.1, POR LA QUE SE CON-
VOCA LA III EDICIÓN DE LOS PREMIOS A LOS MEJORES QUESOS DE CABRA DE LA PROVINCIA
DE MÁLAGA 2019.
BDNS (identif.): 478342.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.
minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero . Beneficiarios
Los/as productores/as de quesos de la provincia cuyos productos sean elaborados en esta-
blecimientos legalmente autorizados, según la normativa vigente, debiendo estar inscritas debi-
damente en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos de la Junta de
Andalucía, así como en el Registro de Industrias Agroalimentarias.
Segundo . Objeto
Promocionar y mejorar la imagen y posición en el mercado de los quesos malagueños,
estimular la elaboración de quesos artesanos y difundir entre los consumidores las principales
cualidades de los quesos de la zona, en el marco del impulso y apoyo al desarrollo económico de
la provincia .
Tercero . Bases Reguladoras
Acuerdo de Junta de Gobierno de 31 de julio de 2019, publicado en el BOPMA número
179, de 19 de septiembre de 2019.
Cuarto . Importe
El importe de la convocatoria es de 18.000,00 euros.
Quinto . Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles, a contar desde el día
siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga,
si bien en el supuesto de que el último día de plazo fuese inhábil, se trasladará la finalización al
inmediato día hábil siguiente.
Sexto . Otros
A . PremiOs
Se establecen cinco (6) premios, uno por cada modalidad, con la siguiente denominación:
a) Premio “Mejor Queso Semicurado de Cabra de la Provincia de Málaga”.
b) Premio “Mejor Queso Fresco de Cabra de la Provincia de Málaga”.
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c) Premio “Mejor Queso Curado de Cabra Elaborado con Leche Cruda de la Provincia de
Málaga” .
d) Premio “Mejor Queso Curado de Cabra Elaborado con Leche Pasteurizada de la Pro-
vincia de Málaga” .
e) Premio “Mejor Queso de Pasta Blanda de Cabra”.
f) Premio “Mejor Queso de Cabra con Condimentos en su Interior y/o Cobertura”.
El premio consistirá en la adquisición por parte de la organización del premio, para accio-
nes promocionales, de los quesos ganadores por la cuantía indicada en dicho artículo segundo
de las bases reguladoras (3.000 euros). Dicha cuantía será el importe máximo de la adquisición
debido al diferente coste de cada queso.
Si según lo indicado en la cláusula 6 .6 de las bases reguladoras hubiera algún premio con-
cedido ex aequo, la cuantía máxima será la resultante de dividir el importe por modalidad ante-
riormente citado por el número de quesos premiados en dicha modalidad .
Se podrá recibir un único premio por participante independientemente de la modalidad .
B . dOcumentación
Las entidades participantes deberán remitir las solicitudes (anexo I), junto con la docu-
mentación adjunta, a la Delegación de Desarrollo Económico Sostenible, según lo indicado en la
base 4 .3 de las bases reguladoras .
Se aportará una solicitud (anexo I) por cada queso que se presente a concurso, entregándo-
se los anexos II, III y IV junto a una sola de ellas.
Una vez presentada la solicitud y demás documentación, si presentara defectos o resultara
incompleta, se requerirá mediante anuncio publicado en el tablón de edictos de la Corporación,
así como en la página web (www.malaga.es) y la sede electrónica de la Diputación Provincial
de Málaga, para que, en el plazo de diez días hábiles (iniciados a partir del día siguiente a la
fecha de publicación del citado anuncio), se subsanen dichos defectos, con la indicación de que
si así no lo hiciere, se le tendrá por desistida su petición, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas y artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones .
La documentación que debe acompañar a la solicitud es la siguiente:
1. Declaración responsable de no encontrarse incursa en ninguno de los supuestos con-
templados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Sub-
venciones (anexo II).
2. Autorización para la cesión de información relativa a obligaciones con la Diputación
Provincial de Málaga (anexo III).
3. Declaración responsable sobre las autorizaciones, permisos y licencias preceptivas para
poder desarrollar la actividad, así como los pertinentes registros sanitarios exigibles y
de no haber sido sancionada en materia agroalimentaria por las administraciones públi-
cas ni condenada por sentencia firme por discriminación por razón de sexo y mientras
sea efectiva dicha sentencia (anexo IV).
4. Copia del Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos (RGSEAA).
5. Copia del Registro de Industria Agroalimentaria de Andalucía (RIA).
6. Certificados de la Agencia Tributaria y de la Seguridad Social donde se indique que la
entidad está al corriente de sus compromisos con dichas administraciones .
7. Las empresas con plantilla superior a 250 personas deberán acreditar el diseño y apli-
cación efectiva del Plan para la Igualdad de Mujeres y Hombres previsto en la Ley
3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
8. Informe de la TGSS con indicación del número medio de trabajadores de la última
anualidad concluida .
Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga (CEDMA). Avenida de los Guindos, 48, 29004 MÁLAGA
Teléfonos: 952 069 279 - 283 / Fax: 952 603 844 www.bopmalaga.es www.cedma.es
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C . QuesOs a cOncursO y entrega de muestras
1. Solo se admitirán a concurso los productos que sean de elaboración propia de cada
empresa participante y corresponderá solo a lotes destinados a la comercialización, debiendo
justificar una elaboración anual mínima de 2.000 piezas o 3.000 kilos. Quedan expresamente
excluidas las marcas blancas propiedad de la distribución .
2. Cada empresa quesera participante podrá concursar en todas las categorías de queso
establecidas en las presentes bases y con el número de quesos que desee, siempre que se comer-
cialicen bajo etiquetas diferenes. En cuyo caso deberá aportar un modelo de anexo I por cada
queso presentado a concurso .
3. Los quesos presentados a concurso deberán ser piezas enteras, sin etiquetas, ni logo-
tipos, ni nombres grabados en corteza o marcas comerciales que induzcan a su identificación,
debiendo en todo momento garantizar su anonimato. Deberán tener un peso mínimo de 1.000
gramos o bien completar con el número de piezas necesarias hasta alcanzar dicho peso.
4. Las muestras de quesos para el concurso se enviarán por medios de transporte refrige-
rado, correctamente empaquetadas y acompañadas de una copia de la solicitud de inscripción y
de un juego de etiquetas comerciales por cada producto, recomendándose que tanto la solicitud
como las etiquetas se introduzcan en una bolsa de plástico herméticamente cerrada para evitar su
deterioro durante el transporte .
Las etiquetas deben ir separadas (nunca pegadas al producto) e incluidas en un sobre
cerrado que tendrá escrito en el exterior el grupo o categoría de quesos a la que se concursa. Se
permite el envío de varias muestras en un mismo paquete siempre que estén perfectamente dife-
renciadas e identificadas con sus correspondientes sobres individuales.
Junto a la documentación adjuntada a cada muestra se incluirá un anexo VI por cada una
de ellas. En dicho documento quedará claramente definida la modalidad por la que concursa la
muestra, el número de piezas que se adjuntan (por si no se alcanzara el peso mínimo) y los lotes
a los que corresponden, así como el nombre de la entidad productora y el nombre comercial (que
deberá coincidir con las etiquetas comerciales que se entregan en el sobre cerrado).
5. Los quesos se almacenarán en condiciones óptimas de temperatura y humedad para no
alterar sus cualidades, que deberán permanecer inalterables desde la recogida de muestras hasta
su evaluación por el jurado . En caso de que algún ejemplar de queso enviado al concurso no lle-
gase en condiciones favorables por la causa que fuere, la Delegación de Desarrollo Económico
Sostenible lo pondrá en conocimiento del concursante con la mayor celeridad posible.
6. Las muestras de quesos que concursen en la modalidad de “Queso Fresco de Cabra”
serán remitidas entre 4 y 1 días hábiles antes del acto de cata y fallo por parte de jurado del
premio, al lugar donde este se celebre o lugar indicado y en horario de mañana. Una vez fijado
el acto de cata, se avisará a cada entidad participante del lugar, días y horas en los que podrán
entregarse las muestras .
7. Las muestras de quesos de las restantes modalidades serán remitidas entre 10 y 1 días
hábiles antes del acto de cata y fallo por parte del jurado del premio, al lugar donde este se cele-
bre o lugar indicado y en horario de mañana. Una vez fijado el acto de cata, se avisará a cada
entidad participante del lugar, días y horas en los que podrán entregarse las muestras.
Málaga, 9 de octubre de 2019.
El Vicepresidente 1.º y Diputado Delegado de Desarrollo Económico y Social, Juan Car-
los Maldonado Estévez.
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