No creo que vaya a cobrar una pensión digna cuando me jubile: por qué estoy considerando un plan individual de ahorro sistemático para complementarla

No creo que vaya a cobrar una pensión digna cuando me jubile: por qué estoy considerando un plan individual de ahorro sistemático para complementarla

Resulta que muchos ciudadanos están fiando su futuro más senior a la carta marcada de la percepción de una pensión cotizada al sistema público de pensiones. Y no es que no sea lo justo, que habiendo cotizado décadas tienen derechos más que adquiridos para aspirar a ello: el tema es si esa pensión va a acabar llegando y, sobre todo, si va a llegar en una cuantía que nos permita vivir cómodamente de ella.

Y con el camino que llevan nuestros políticos, va a ser que no. Así que, sin que debiera ser realmente nuestra obligación, ante la irresponsabilidad de nuestros líderes, los ciudadanos más responsables nos vemos abocados a tener que preocuparnos nosotros mismos por procurarnos un retiro lo más digno posible. Por ello hay que pensar en buscar soluciones alternativas porque, si nos confiamos abandonándonos en manos de nuestros políticos, sólo podemos acabar más vendidos que la madre de aquellos que venden hasta a su propia madre. Y no nos tachen de agoreros porque, si no son ustedes responsables por sí mismos, a lo que se exponen es a una vejez de precariedad y miseria laboral tal, y como retrata ese famoso film de Nomadland, que ya es toda una realidad en Estados Unidos.

Salvo requiebros fiscalizadores de esa legislación española que cada vez da más miedo que espanto, porque lo que hoy vale mañana no creando una ahuyentadora inseguridad jurídica, lo cierto es que a día de hoy una de las mejores opciones sobre la mesa es la de un plan individual de ahorro sistemático. Es el comúnmente conocido como PIAS. Quédense con el nombre, que buena falta les puede acabar haciendo.

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El derecho a pensión no existe

El derecho a pensión no existe

En medio de una Seguridad Social deficitaria que año tras año debe acudir a los Presupuestos para hacer frente al pago de las pensiones, muchos se plantean si verdaderamente, la pensión está garantizada porque los ciudadanos hemos adquirido un derecho a lo largo de la vida laboral.

Si atendemos al artículo 50 de la Constitución Española, el derecho a la pensión está presente:

“Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio.”

Sin embargo, hay términos que pueden ser interpretados de diversas maneras o como mínimo pueden plantear un debate. ¿Qué entendemos por «pensiones adecuadas», «periódicamente actualizadas», y «tercera edad»?

El término pensiones adecuadas nos habla directamente del importe económico sobre la prestación que reciben los pensionistas y el término «adecuado» no está perfectamente especificado de ninguna manera. Podría referirse a que sean adecuadas a las necesidades de consumo ampliamente dispares en el territorio español, si están adecuadas a la contribución de la vida laboral u otro criterio interpretativo que podamos manifestar para fijar el importe. Todo queda en un principio abstracto.


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